Queda reglamentada con mayor precisión la reforma constitucional que involucra a los estados y municipios en la fiscalización y transparencia de los recursos públicos federales.

Después de la reforma constitucional de 2008, que fortalece la fiscalización del gasto federal en las entidades federativas y los municipios, el Ejecutivo Federal emitió los respectivos ordenamientos reglamentarios que son la ley de fiscalización y rendición de cuentas de la Federación y la ley general de contabilidad gubernamental .  Esta última fue modificada recientemente, el  12 de noviembre de 2012 , a fin de mejorar el sistema de contabilidad gubernamental y la transparencia y difusión de la información financiera.

Los cambios son de trascendencia porque obligan a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a las secretarías de finanzas o sus equivalentes de las entidades federativas, así como a las tesorerías de los municipios y sus equivalentes en las demarcaciones territoriales del Distrito Federal,  a realizar acciones de transparencia.  Destacan las reformas siguientes:

  • El Consejo Nacional de Armonización Contable, fortalece sus funciones.
  • Se señala la información financiera relativa a la ley de ingresos y el presupuesto de egresos que deberán publicar en sus páginas de internet las entidades obligadas por esta ley, desde la fase de iniciativa hasta la de ser ley aprobada.
  • Se establece la información relativa al ejercicio presupuestario que las entidades fiscalizadas deberán publicar.
  • Se define la información financiera relativa a la evaluación y rendición de cuentas, que tendrá que publicarse.
  • Las sanciones se sujetarán al régimen de responsabilidades administrativas de los servidores públicos, precisando las causales que se aplicarán.

Las reformas señalan tiempos y obligaciones para toda la Federación, indicando lo siguiente:

Fecha límite:

Obligación:

Fuente:

28 febrero 2013 El Consejo Nacional de Armonización Contable emitirá las normas y formatos para dar cumplimiento a lo dispuesto en el nuevo Título Quinto de la ley, relativo a transparencia. Artículo 4º transitorio.
12 mayo 2013 El Consejo Nacional de Armonización Contable enviará al Senado y a la Cámara de Diputados, un informe detallado sobre el estado de avance en la implantación de las disposiciones de esta reforma Artículo 7º transitorio.
30 junio 2013 La Auditoría Superior de la Federación enviará al Senado y a la Cámara de Diputados, un diagnóstico que señale las áreas de opacidad en la ejecución del gasto federalizado y una propuesta de modificación al marco jurídico para transparentar aún más el ejercicio de dicho gasto y mejorar los resultados del mismo. Artículo 8º transitorio.
01 julio 2013 Los entes públicos realizarán las reformas a las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas que, en su caso, sean necesarias para dar cumplimiento a esta reforma. Artículo 3º transitorio.
12 noviembre 2013 El Congreso de la Unión, aprobará las modificaciones que sean necesarias al marco jurídico para reformar los registros de deuda pública actuales, con la finalidad de transparentar todas las obligaciones de pago a cargo de la Federación, las entidades federativas y municipios. Artículo 6º transitorio.
31 diciembre 2014 Los entes públicos municipales deberán cumplir con lo previsto en el Título Quinto de la Ley, relativo a transparencia. Artículo 4º transitorio.

Esta reforma es un avance destacado porque la rendición de cuentas y la transparencia que trae implícita, seguramente incidirán en los avances democráticos y los índices de confianza ciudadana a los que debe aspirar un gobierno.  Sin embargo, no es difícil prever obstáculos derivados de la realidad institucional del país.

Si hacemos referencia a las cifras del Consejo Nacional de Población,  observamos sobre todo en el nivel municipal, dificultades que inciden negativamente contra la viabilidad de estas reformas.  El hecho de que sólo el 8.3% de los cerca de 2,500 municipios del país, tenga más de 100 mil habitantes y de que el 72% de los propios municipios esté dentro de un grado de marginación cuyo rango varía entre muy bajo y medio, obliga a pensar que no será fácil la instrumentación de sistemas de información como los que se pretenden.*

Corresponderá a los gobiernos de las entidades federativas, realizar un esfuerzo importante para auxiliar a los municipios de su territorio a incorporarse a la modernidad y exigencias del país.

* CONAPO. Índice de marginación por entidad federativa y municipio 2010.