Sección II. De la Iniciativa y Formación de Leyes.

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Conceptos Constitucionales, Sección II. De la Iniciativa y Formación de Leyes.

Artículo 72

Párrafo Fracción Texto vigente Primero Artículo 72. Todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose la Ley del Congreso y sus reglamentos respectivos, sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones: A. A. Aprobado un proyecto […]

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