Artículo 79
Párrafo Fracción Texto vigente Primero Artículo 79. La Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados, tendrá autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que disponga la ley. Segundo La función de fiscalización será ejercida conforme […]
