Conceptos, Artículos y Fuentes

Conceptos Constitucionales, Conceptos de la A a la D

Bienes de dominio público

(Artículos 27, 28, 42 y 115 constitucionales) Son aquellos bienes muebles e inmuebles que pertenecen a la Federación, a las entidades federativas o a los Municipios y son inalienables (se encuentran fuera del comercio), inembargables (no se pueden embargar) e imprescriptibles (no están sujetos a prescripción). Dichos bienes no pueden ser objeto de gravámenes o derechos reales y se encuentran sujetos a […]

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Conceptos Constitucionales, Conceptos de la A a la D

Banco central

(Artículo 28 constitucional) El banco central, según el texto constitucional, es un organismo autónomo en el ejercicio de sus funciones que son el control de los cambios monetarios, la regulación de la intermediación y los servicios financieros, así como el financiamiento a otros bancos y al gobierno federal. Tiene a su cargo el área estratégica de acuñación de moneda

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Conceptos Constitucionales, Conceptos de la L a la R

Legislatura de la Ciudad de México

Explicación incluida en el concepto Gobierno de la Ciudad de México (Artículos 73, 105, 108, 110, 111 y 122 constitucionales)   [restabs alignment=»osc-tabs-left» pills=»nav-pills» responsive=»false» seltabcolor=»#dd3333″] [restab title=»Thesaurus» active=»active»] [pageview url=»https://www.imemexico.com/imesec/default.asp?Category=IMEConsltas&Service=QRYPAL900&clave=03870″  height=»2000px» scrolling =»yes» ] [/restab]   [restab title=»Actualidad»] [pageview url=»https://www.imemexico.com/imesec/default.asp?Category=IMEConsb&Service=PLUSLST01A&clave=03870″  height=»2000px» scrolling =»yes»] [/restab] [/restabs]  

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Conceptos Constitucionales, Conceptos de la A a la D, Gidi, Antonio.

Acciones colectivas

(Artículos 17, 25 y 28 constitucionales) Las acciones colectivas, pueden definirse, siguiendo al tratadista brasileño Antonio Gidi, como “una acción promovida por un representante (legitimidad colectiva), para proteger el derecho que pertenece a un grupo de personas (objeto de litigio) y cuya sentencia obligará al grupo como un todo.” ((Gidi, Antonio.  Las acciones colectivas y la tutela de los derechos difusos colectivos e

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Beling Ernest, Conceptos Constitucionales, Conceptos de la A a la D, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México., Martínez Pineda Angel, Paricio, Javier.

Acción penal

(Artículo 21 Constitucional) La acción penal ha llegado a ser un concepto polémico entre los especialistas ya que hay autores que lo analizan más como una facultad del Ministerio Público, mientras que otros sustancialmente como una obligación del propio Ministerio. Ernesto Beling define la acción penal como “la facultad de provocar la actividad de la jurisdicción penal mediante

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