Partidos polÃticos
(ArtÃculos 41, 54, 99, 105, 116, 122 y 134 constitucionales) De la lectura de los preceptos establecidos en nuestra Constitución, se desprende que ésta, en su artÃculo 41, conceptualiza a los partidos polÃticos. Con el fin de comprender y analizar adecuadamente el concepto, resulta conveniente citar, de manera complementaria, una definición doctrinaria al respecto. De acuerdo con Miguel Carbonell en su Diccionario de Derecho Constitucional, la […]