Artículo 135
Ultima reforma el 29 enero 2016 [restabs alignment=»osc-tabs-left» pills=»nav-pills» responsive=»false» seltabcolor=»#dd3333″] [restab title=»Texto vigente» active=»active»] Párrafo Fracción Texto vigente Primero Artículo 135. La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de […]
