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Artículo 135

junio 5, 2016 Conceptos Constitucionales

Párrafo Fracción Texto vigente Primero Artículo 135. La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerden las reformas o adiciones, y que […]

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