Tribunales agrarios
(Artículos 27, 76 y 89 constitucionales) Los tribunales agrarios son órganos jurisdiccionales dotados de autonomía constitucional, de carácter federal, que se encuentran integrados por magistrados propuestos por el Ejecutivo Federal y designados por la Cámara de Senadores y, en los recesos de ésta, por la Comisión Permanente y cuya función primordial es la administración de justicia agraria. ((PROCURADURÍA AGRARIA. Glosario de Términos Jurídico-Agrarios. […]