Artículo 75
Ultima reforma el 24 de agosto de 2009 [restabs alignment=»osc-tabs-left» pills=»nav-pills» responsive=»false» seltabcolor=»#dd3333″] [restab title=»Texto vigente» active=»active»] Párrafo Fracción Texto vigente Primero Artículo 75. La Cámara de Diputados, al aprobar el Presupuesto de Egresos, no podrá dejar de señalar la retribución que corresponda a un empleo que esté establecido por la ley; y en caso […]



















