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Artículo 47

junio 1, 2016 Capítulo II De las partes integrantes de la Federación y del Territorio Nacional

Párrafo Fracción Texto vigente Primero Artículo 47. El Estado de Nayarit tendrá la extensión territorial y límites que comprende actualmente el Territorio de Tepic. Entidades federativas. * El texto en negritas se refiere al concepto cuyos rasgos principales están contenidos en el artículo constitucional.

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