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Artículo 87

junio 5, 2016 Capítulo III Del Poder Ejecutivo

Párrafo Fracción Texto vigente Primero Artículo 87. El Presidente, al tomar posesión de su cargo, prestará ante el Congreso de la Unión o ante la Comisión Permanente, en los recesos de aquél, la siguiente protesta: «Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, […]

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