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Artículo 49

junio 3, 2016 Capítulo I De la División de Poderes

Párrafo Fracción Texto vigente Primero Artículo 49. El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Segundo No podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de […]

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