(Artículos 11, 27, 30, 32, 33, 37, 73 y 123 constitucionales) Se define como extranjero a aquella persona que no forma parte de una comunidad determinada. [restabs alignment=»osc-tabs-left» pills=»nav-pills» responsive=»false» seltabcolor=»#dd3333″] [restab title=»Concepto» active=»active»] Por su parte, la extranjería, según el autor Rafael de Pina Vara, se define como la calidad y […]
Escrito por
Alejandro Spindola Yañez
José Alejandro Spíndola Yáñez es licenciado en economía por la Universidad Nacional Autónoma de México. Es miembro del Colegio de Economistas y ha sido profesor de la UNAM, campus Acatlán, de las materias de economía internacional, teoría y política monetaria así como del diplomado de comercio exterior. Ha ocupado puestos de mando en Distribuidora Conasupo, Instituto Nacional del Consumidor, Secretaría de Programación y Presupuesto, Gobierno del Distrito Federal y Secretaría de la Función Pública. Fue asesor de la Comisión de Puntos Constitucionales de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados y es director general, desde 1986, del Instituto Mexicano de Estrategias, organización privada de investigación que se dedica al análisis y difusión de los políticas del gobierno mexicano a partir de sus marcos jurídicos.