(ArtĆculosĀ 2Āŗ,Ā 4Āŗ,Ā 27,Ā 28,Ā 73,Ā 115,Ā 122Ā yĀ 131Ā constitucionales) Este derecho debe enmarcarse en el escenario global que se comienza a trazar desde la segunda mitad del siglo XX, cuando surgen los fenómenos del consumo innecesario y del desperdicio como fuerzas motrices de las economĆas industriales y de las clases sociales rectoras en los paĆses emergentes.Ā Ello condujo a la paradoja de un […]
Escrito por
Alejandro Spindola YaƱez
JosĆ© Alejandro SpĆndola YƔƱez es licenciado en economĆa por la Universidad Nacional Autónoma de MĆ©xico. Es miembro del Colegio de Economistas y ha sido profesor de la UNAM, campus AcatlĆ”n, de las materias de economĆa internacional, teorĆa y polĆtica monetaria asĆ como del diplomado de comercio exterior. Ha ocupado puestos de mando en Distribuidora Conasupo, Instituto Nacional del Consumidor, SecretarĆa de Programación y Presupuesto, Gobierno del Distrito Federal y SecretarĆa de la Función PĆŗblica. Fue asesor de la Comisión de Puntos Constitucionales de la LX Legislatura de la CĆ”mara de Diputados y es director general, desde 1986, del Instituto Mexicano de Estrategias, organización privada de investigación que se dedica al anĆ”lisis y difusión de los polĆticas del gobierno mexicano a partir de sus marcos jurĆdicos.