(Artículos 3 y 73 constitucionales) La Constitución General de la República lo define como un conjunto de procedimientos idóneos que regularán el ingreso al servicio, la promoción dentro de la profesión docente y la permanencia en la función magisterial, todo ello dentro de la educación básica y media superior que imparta el Estado. […]
Escrito por
Alejandro Spindola Yañez
José Alejandro Spíndola Yáñez es licenciado en economía por la Universidad Nacional Autónoma de México. Es miembro del Colegio de Economistas y ha sido profesor de la UNAM, campus Acatlán, de las materias de economía internacional, teoría y política monetaria así como del diplomado de comercio exterior. Ha ocupado puestos de mando en Distribuidora Conasupo, Instituto Nacional del Consumidor, Secretaría de Programación y Presupuesto, Gobierno del Distrito Federal y Secretaría de la Función Pública. Fue asesor de la Comisión de Puntos Constitucionales de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados y es director general, desde 1986, del Instituto Mexicano de Estrategias, organización privada de investigación que se dedica al análisis y difusión de los políticas del gobierno mexicano a partir de sus marcos jurídicos.