(Artículo 29 constitucional) De acuerdo con el Doctor Ignacio Burgoa Orihuela, la suspensión de garantías constitucionales “es un fenómeno jurídico constitucional que tiene lugar como antecedente necesario para que la actividad gubernativa de emergencia se pueda desarrollar válidamente, pues de otra manera las acciones de gobierno serían inválidas y el gobernado podría oponerse a ellas a través del […]
Escrito por
Alejandro Spindola Yañez
José Alejandro Spíndola Yáñez es licenciado en economía por la Universidad Nacional Autónoma de México. Es miembro del Colegio de Economistas y ha sido profesor de la UNAM, campus Acatlán, de las materias de economía internacional, teoría y política monetaria así como del diplomado de comercio exterior. Ha ocupado puestos de mando en Distribuidora Conasupo, Instituto Nacional del Consumidor, Secretaría de Programación y Presupuesto, Gobierno del Distrito Federal y Secretaría de la Función Pública. Fue asesor de la Comisión de Puntos Constitucionales de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados y es director general, desde 1986, del Instituto Mexicano de Estrategias, organización privada de investigación que se dedica al análisis y difusión de los políticas del gobierno mexicano a partir de sus marcos jurídicos.