Veto presidencial

(Artículos 72 y 89 constitucionales)   El Diccionario Universal de Términos Parlamentarios define al veto como “la facultad que tienen los jefes de Estado para oponerse a una ley o decreto, que el Congreso le envía para su promulgación; es un acto en el que el Ejecutivo participa en la función legislativa. Esto forma parte

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