El mes de octubre de 2014 mostró oportunidades de inversión que están contenidas en diversas disposiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación, localizadas por nuestros especialistas. Estas oportunidades se presentan en diferentes ramas de la actividad económica como son las relativas a servicios de auditoría, automotriz, compras para programas de gobierno, maquiladoras y otros más que permiten aumentar la capacidad de producción de empresas y encontrar nuevos mercados
[accordions] [accordion title=”Certificación de personal para detectar operaciones de procedencia ilícita y terrorismo”]
Oportunidad (publicada el 2 octubre 2014): Certificación de los oficiales de cumplimiento, auditores externos independientes y demás profesionales, a efecto de que presten sus servicios en las entidades y personas sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para la prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo.
Actividad específica: Servicios profesionales de contabilidad y auditoría.
Entorno: Con la reforma financiera publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 2014, se modificaron, entre otros ordenamientos, la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en la cual se adicionó la facultad para certificar a los oficiales de cumplimiento, así como a los auditores externos independientes y demás profesionales, a efecto de que presten sus servicios a las entidades y personas sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para verificar el cumplimiento de las leyes financieras y de las disposiciones que emanen de ellas, en materia de prevención, detección y reporte de actos, omisiones u operaciones que pudiesen tipificarse como operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo, según los supuestos de los artículos 139 Quáter o 400 Bis, del Código Penal Federal.[/accordion]
[accordion title=”Contratación de terceros en las cámaras de compensación para pagos con tarjetas de crédito”]
Oportunidad (publicada el 7 octubre 2014): Permitir a las cámaras de compensación para pagos con tarjetas, llevar a cabo la contratación de terceros que les presten servicios relacionados con su objeto.
Actividad específica: Servicios financieros.
Entorno: El 11 de marzo de 2014 se publicó la circular 4/2014, del Banco de México, a fin de regular las cámaras de compensación para pagos con tarjetas. Ahora se fijan los requisitos y condiciones que dichas Cámaras deberán cumplir a fin de utilizar a terceros y se precisan, adicionalmente, algunos otros aspectos relacionados con la constitución y operación de estas Cámaras de Compensación.[/accordion]
[accordion title=”Determinación de la utilidad fiscal para las maquiladoras “]
Oportunidad (publicada el 16 octubre 2014): El Sistema de Administración Tributaria fija el procedimiento para determinar el valor de los activos utilizados en la operación de maquila, propiedad de la persona residente en el país.
Actividad específica: Maquiladoras.
Entorno: Según la ley del impuesto sobre la renta, se considera que las empresas que llevan a cabo operaciones de maquila podrán determinar su utilidad fiscal como la cantidad mayor que resulte de aplicar el 6.9% sobre el valor total de los activos utilizados en la operación de maquila durante el ejercicio fiscal, incluyendo los que sean propiedad de la persona residente en el país, de residentes en el extranjero o de cualquiera de sus partes relacionadas, incluso cuando hayan sido otorgados en uso o goce temporal a dicha maquiladora.[/accordion]
[accordion title=”Exportación de autos a Brasil”]
Oportunidad (publicada el 7 octubre 2014): Establecimiento del criterio de redistribución de los cupos de exportación de vehículos ligeros nuevos hacia Brasil, otorgados a las empresas beneficiarias. Se podrá devolver a la Secretaría de Economía el monto total o parcial del cupo que se les haya asignado para utilizarse en el periodo comprendido del 19 de marzo de 2014 al 18 de marzo de 2015, debido a lo cual serán reasignados por la propia Secretaría. Según aviso publicado el 30 de octubre de 2014 tal distribución quedó de la siguiente forma:
Empresas que solicitan participación en la redistribución del cupo adicional a ser ejercido a más tardar el 18 de marzo del 2015 | Redistribución del cupo adicional para el periodo 19 de marzo de 2014 al 18 de marzo del 2015 (Dólares de EUA) |
BMW de México, S.A. de C.V. | 4,030 |
Ford Motor Company, S.A. de C.V. y/o Servicio Integral Automotor, S. de R.L. de C.V. | 972,644 |
General Motors de México, S. de R.L. de C.V. | 670,221 |
Volkswagen de México, S.A. de C.V. | 648,571 |
BRP México, S.A. de C.V. | 3,534 |
Total | 2,299,000 |
Fuente Diario Oficial de la Federación.
Dicha redistribución se realizó a prorrata con base en el valor de las exportaciones totales d e vehículos ligeros a Brasil durante el periodo comprendido del 19 de marzo de 2013 al 18 de marzo de 2014, entre las empresas que lo solicitaron, siempre y cuando hubieran ejercido la totalidad del cupo asignado para el periodo comprendido antes señalado.
Actividad específica: producción de automóviles.
Entorno: El 26 de marzo de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece el cupo y mecanismo de asignación para la exportación de vehículos ligeros nuevos hacia Brasil conforme al Apéndice II Sobre el Comercio en el Sector Automotor entre Brasil y México, del Acuerdo de Complementación Económica No. 55 celebrado entre el MERCOSUR y los Estados Unidos Mexicanos. En este Acuerdo se establece un monto parcial del cupo para exportar hacia Brasil con base a la propuesta presentada por la Asociación Mexicana de la Industria Automotriz, consensuada entre las partes interesadas, en la cual se planteó una distribución del cupo con el propósito de promover la competitividad de la cadena productiva automotriz, y garantizar un acceso adecuado al cupo para exportar vehículos ligeros nuevos hacia Brasil, establecido en el Apéndice II “Sobre el Comercio en el Sector Automotor entre el Brasil y México” del ACE 55.[/accordion]
[accordion title=”Equipo y servicios para implantar el sistema de impartición de justicia oral”]
Oportunidad (publicada el 8 octubre 2014): El Consejo Nacional de Seguridad Pública, autorizó a las entidades federativas que lo requieran, a utilizar los recursos disponibles del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, al cumplimiento de los objetivos del programa con prioridad nacional denominado Nuevo Sistema de Justicia Penal.
Actividad específica: Suministros a los gobiernos estatales de equipo y servicios para implantar el sistema de impartición de justicia oral.
Entorno: el Consejo Nacional de Seguridad Pública, en el 20 de diciembre de 2013, aprobó los Criterios generales para la administración y ejercicio de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP) que serán aplicables para el ejercicio fiscal 2014 y subsecuentes. En ellos se establecen porcentajes máximos del total del financiamiento conjunto y de los recursos convenidos por cada programa con prioridad nacional que podrán reprogramar las entidades federativas. Sin embargo, el 22 de agosto de 2014, este Consejo autorizó a las entidades federativas que lo requieran, a reprogramar los recursos disponibles antes señalados eliminando las limitaciones porcentuales existentes para realizar las modificaciones contenidas en la normativa emitida por el propio Consejo.[/accordion]
[accordion title=”Fideicomisos de inversión en capital de riesgo”]
Oportunidad (publicada el 16 octubre 2014): Distribución del 80% de los ingresos del fideicomiso de inversión en capital de riesgo.
Actividad específica: Servicios financieros.
Entorno: En la resolución miscelánea fiscal se determinó el procedimiento a fin de distribuir los ingresos netos que reciba este tipo de fideicomiso. Para tal efecto la institución fiduciaria efectuará la distribución de al menos el 80% de los ingresos netos que reciba el propio fideicomiso por concepto de: intereses provenientes de valores y ganancias obtenidas en su enajenación, intereses provenientes de financiamientos otorgados a sociedades promovidas, ganancias de capital derivadas de la enajenación de acciones de sociedades promovidas y dividendos por las acciones de sociedades promovidas.[/accordion]
[accordion title=”Dumping. Queda protegida la industria contra la malla y placa de acero originarias de China”]
Oportunidad (publicada el 9 octubre 2014): La participación de empresas mexicanas en el mercado nacional de malla o tela galvanizada de alambre de acero al carbón, en forma de cuadrícula, al imponer una cuota compensatoria definitiva de $2.08 (dos punto cero ocho) dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo a las importaciones originaria de China que ingresen al país.
Actividad específica: Alambre y artículos de alambre.
Entorno: La autoridad comercial concluyó que los volúmenes y precios de las importaciones de malla de acero, originarias de China, durante el periodo analizado (del 1 de octubre del 2011 al 30 de septiembre del 2012) y el periodo proyectado, dado el potencial exportador de la industria china y el margen de discriminación de precios que se cuantificó, causaron amenaza de daño a la rama de la producción nacional citada, como se muestra a continuación:
- Las importaciones originarias de China se efectuaron con un margen de discriminación de precios de $5.35 dólares por kilogramo.
- Las importaciones investigadas registraron una tendencia creciente en términos absolutos y aumentaron su participación en relación con el consumo nacional aparente y la producción nacional durante el periodo analizado. Ello se tradujo en un desplazamiento de las ventas internas de la rama de la producción nacional y una mayor participación de las importaciones investigadas en el mercado mexicano.
- Las importaciones originarias de China se vendieron a precios significativamente inferiores a los de la industria nacional, registrando un margen de subvaloración en el periodo analizado de entre 34% y 51%.
- La industria nacional presentó un desempeño desfavorable durante el periodo analizado en varios de sus indicadores, entre los que destacan los siguientes: ventas al mercado interno, producción, participación de mercado y precios. Además, la capacidad de reunir capital, el comportamiento decreciente de los resultados operativos del año 2012 y el periodo investigado, muestran que podrían llegar a comprometer la posición financiera de la rama de producción nacional.
Oportunidad (publicada el 14 octubre 2014): La supresión del dumping de placa o plancha de acero cortada en hoja y en el mercado internacional como plate, medium plate, heavy plate, hot rolled carbon steel plate o cut-to-length steel plate, originaria de China, mediante una cuota compensatoria definitiva de 33.98%, misma que ya se había aplicado de manera provisional desde enero de 2014.
Actividad específica: Productos laminados planos de hierro o acero sin alear.
Entorno: La autoridad comercial concluyó que existen elementos suficientes para determinar que la industria de China fabricante de placa de acero en hoja cuenta con capacidad libremente disponible y potencial exportador considerables en relación con la producción nacional y el tamaño del mercado mexicano, el cual incrementó relativamente su importancia como destino para las exportaciones de este país. Además, el crecimiento que registraron las importaciones originarias de China, en términos absolutos y relativos, y sus bajos niveles de precios durante el periodo analizado, constituyen elementos suficientes que sustentan la probabilidad fundada de que continúen incrementándose las importaciones originarias de China en el futuro inmediato, situación que podría causar daño a la industria nacional.[/accordion]
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